UNIÓN DE PRESOS
POLÍTICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
(La Voz de los Presos
Políticos)
Bajo la advocación de nuestro Santo Patrono: San
Héctor Valdivielso Saez
1 – PLAN CANJE
Días pasados una noticia inusual recorrió los
medios del mundo: El Estado de Israel canjeó más de mil terroristas palestinos,
condenados a cadena perpetua, por 1 (uno) soldado de su Ejército
secuestrado cinco años atrás por fuerzas paramilitares de Palestina.
El
hecho de que Israel, un país cuestionado por la ONU y otras organizaciones
Internacionales, por violar Derechos Humanos en la guerra que libra por la defensa
de su Patria, haya tomado esta decisión debería ser motivo de reflexión.
Independientemente de lo que cada uno piensa acerca del conflicto árabe-israelí
no quedan dudas que los dirigentes políticos de ese País han interpretado
cabalmente el sentir de una sociedad que, reivindica el valor de rescatar a un
combatiente asumiendo el riesgo de liberar a cientos de verdaderos criminales
ya condenados.
Mientras
tanto aquí los votantes K hoy corren
a comprar dólares ante la certeza de que el modelo no aguanta.
¿Cuánto
faltará para que nos canjeen por Verbitsky y compañía?
2 – PERON Y EL GAFI
Ámbito Financiero del 31/10/11 titula: “GAFI ya exige cambios en proyecto contra aportes al terrorismo”. El
GAFI es un organismo internacional dedicado a monitorear a los países que lo
componen, en lo concerniente al lavado de dinero producto del narcotráfico y
plata negra y su eventual uso para financiar a organizaciones terroristas.
La
Argentina hace meses que penosamente no solo no logra salir de la “lista gris”
de dicho organismo sino que cada vez se acerca más a la lista negra. ¿La
razón?. El Gobierno argentino elude dar una definición legal satisfactoria para
el GAFI, acerca de que se considera, precisamente, una organización terrorista.
En 1974 el Presidente Perón convocó a una
reunión de legisladores “peronistas” reacios a que se reforme el Código Penal
para perseguir al terrorismo.
Ante las cámaras de televisión puso en evidencia a Kunkel y cía. (La Garré pegó
el faltazo ese día) quienes osaron enfrentar al que luego de echarlos de la
Plaza de Mayo, ordenaría “aniquilarlos”,
sin eufemismos.
Como
vemos, no hay nada nuevo bajo el sol de nuestra Argentina, porque a la inversa
del dicho “todo pasa”, por el contario aquí “todo vuelve….”, y peor!!
3 – SIGUEN
DESCOLGANDO CUADROS…
El secretario de la Ministra de Industria
Débora Giorgi, Diego Machado, expresó en forma contundente lo que piensa este
gobierno de sus FFAA.
Ante una discusión con el piloto del avión
que transportaba a la Ministra, cerró la misma con una frase memorable: “Milicos de mierda”, (La Nación,
16/10/11- Suplemento Económico-pág. 3)
4 - RESPONSABILIDAD
CIVIL Y PENAL PARA JUECES, FISCALES Y OTROS POR EL HOMICIDIO DE PRESOS
POLÍTICOS POR ACCIÓN U OMISIÓN, PASIBLES DE SER ACUSADOS POR DELITOS DE LESA
HUMANIDAD
Los siguientes son algunas razones por las
cuales deberán responder civil y penalmente los jueces, fiscales y otros
funcionarios público e incluso otros particulares, que intervinieron de algún
modo en las llamadas causas por violación
de los derechos humanos.
1.
Son
crímenes de lesa humanidad, según el
Estatuto de Roma, el encarcelamiento u otra privación grave de la libertad
física en violación de normas fundamentales del derecho internacional, (Ej.
Detención prolongada sin condena), la persecución de un grupo o colectividad
con identidad propia fundada en motivos políticos,… en conexión con
cualquier,…crimen de competencia de la Corte, asimismo aclara que: por persecución se entenderá la privación
intencional y grave de derechos fundamentales en contravención con el derecho
internacional en razón de la identidad del grupo o colectividad, (Ej.
Integrantes de las FFAA; FFSS y FFPP, por pertenencia a ellos)
2.
Los
Jueces son funcionarios públicos obligados a administrar justicia, respetando y
haciendo respetar la Constitución Nacional y las leyes que reglamentan su
ejercicio. Los Fiscales, también son funcionarios públicos y tienen la doble
obligación de: a) controlar la legalidad del
proceso, b) si corresponde acusar a los supuestos partícipes en el hecho o
presunto hecho.
3.
Prevarica el
Juez que dicta una resolución contraria a la ley debidamente invocada, o cita
para fundarla, hechos o resoluciones falsas, y el que decrete la prisión
preventiva o la prolongue, cuando no proceda. También prevarica el Fiscal que
de cualquier modo perjudica deliberadamente, al emitir dictamen, la causa que
se le confiere.
4.
El
artículo 18 de la Constitución Nacional termina diciendo: que toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos (refiere
a los detenidos) más allá de lo que
aquella (refiere a seguridad) exija,
hará responsable al juez que la autorice. Los antes citados como
funcionarios públicos, como partícipes necesarios en las causas de los derechos humanos, no solo han
resuelto (o dictaminado) autorizando arbitrariamente condiciones y medidas
mortificantes, sino que además han permitido que se lleven a tal extremo como
para que muchos casos sean las determinantes de la muerte de los ilegalmente
detenidos.
5.
Los
Jueces y los Fiscales no son los únicos responsables, también lo son: …los representantes de la autoridad del
Estado y los particulares como autores o cómplices o que inciden directamente a
la perpetración de esos crímenes, así como los representantes del Estado que
toleren su perpetración. Así lo establece la Convención sobre la imprescriptibilidad
de los crímenes de lesa humanidad, vigente por ley Nro. 24
a) Delito de Lesa
Juridicidad
Algo nuevo aparece en el firmamento de
nuestro Derecho Penal; este título es
novedoso y claro, no existe aún, no está tipificado como delito en el Código
Penal de la Nación. Tampoco existen las prisiones preventivas por más de tres
años o las detenciones de personas con encarcelamiento por la figura de comentarios; o las detenciones en
prisión de personas de más de 70 años; o las detenciones en prisión de personas
enfermas. Claro estas figuras raras ut supra mencionado, si existen para las
detenciones de personal de las FFAA; FFSS, FFPP y ciudadanos; ellos constituyen hoy los llamados
presos políticos de la República Argentina.
Por
ello, surge esta nueva figura Delito de Lesa Juridicidad y la
misma tendrá como destinatarios exclusivos a: Jueces que durante este régimen
que sufre el país desde el 2003
a la fecha favorecieron por sumisión, venganza
ideológica y/o beneficio económico, al poder del mismo, facilitando con este
accionar las detenciones de los Presos
Políticos.
b) Unas reflexiones
Entonces, …Jueces, serán encuadrados en el artículo 18 de la CN y serán imputados como participes necesarios,
integrantes de una Asociación Ilícita en las causas de Derechos Humanos donde
autorizaron, resolvieron, condenaron y con su proceder contribuyeron a la
muerte de detenidos enfermos. Estos funcionarios son los responsables de haber
permitido que aberraciones jurídicas como las que hoy ocurren en nuestra
Argentina, se lleven a cabo, no poniendo los límites que la Ley estipula dentro
de nuestro Código Penal y Procesal Penal de la Nación.
El Juzgado – los
Jueces – los muertos
Juzgado
Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 – Resistencia, Pcia. del Chaco, a cargo
del Juez: Dr. Skidelsky Carlos.
Responsable en los casos:
Cnl. Jorge
Larrateguy, Crío. Gral. Wenceslao
Ceniquel, Crío. Gral. Carlos Thomas.
5 – SE
RECOMIENDA LA SIGUIENTE BIBLIOGRAFÍA PARA ENTENDER LO
SUCEDIDO EN LA DÉCADA DEL 70. (8va entrega):
1. Carnero Sabol Jorge
D. R., Margarita Belén, 1.976. Victimas del terrorismo del estado judicial 2.003,
Rosario, El Autor, 2.010.
1.
De
la Vega Abel U., Espejismos y realidades en torno a la guerra contrarrevolucionaria en
la Argentina, Bs. As.,
Theoría, 1.989.
2.
Díaz
Araujo Enrique, Internacionalismo salvaje. Los derechos humanos, la guerra irregular y
la solidaridad con los terroristas argentinos, Mendoza, La Rosa Blanca, 2.005.
3.
Díaz
Bessone Ramón Genaro, General de División, Guerra Revolucionaria en la Argentina (1.959-1978), 2º ed., Bs. As., Círculo
Militar, 1.988 (3º ed., Bs. As., Círculo Militar, 1996).
4.
Díaz
Bessone Ramón Genaro, General de División, Testimonio de una década, Bs. As.,
Círculo Militar, 1.996.
6 – DÍA DE LOS
MUERTOS POR LA PATRIA
El día 2 de noviembre se conmemora el día de
los Muertos por la Patria, UPPRA rinde, por ello, su homenaje a quienes nos
precedieron en su sacrificio para que ella viva, en especial a todos los
muertos en cautiverio desde 2003, víctimas del odio montonero.
[1]
Delinque un funcionario público proponiendo o dictando resoluciones de
manifiesta injusticia, a sabiendas o por ignorancia inexcusable.
1.
Los
Jueces y los Fiscales no son los únicos responsables, también lo son: …los representantes de la autoridad del
Estado y los particulares como autores o cómplices o que inciden directamente a
la perpetración de esos crímenes, así como los representantes del Estado que
toleren su perpetración. Así lo establece la Convención sobre la imprescriptibilidad
de los crímenes de lesa humanidad, vigente por ley Nro. 24
a) Delito de Lesa
Juridicidad
Algo nuevo aparece en el firmamento de
nuestro Derecho Penal; este título es
novedoso y claro, no existe aún, no está tipificado como delito en el Código
Penal de la Nación. Tampoco existen las prisiones preventivas por más de tres
años o las detenciones de personas con encarcelamiento por la figura de comentarios; o las detenciones en
prisión de personas de más de 70 años; o las detenciones en prisión de personas
enfermas. Claro estas figuras raras ut supra mencionado, si existen para las
detenciones de personal de las FFAA; FFSS, FFPP y ciudadanos; ellos constituyen hoy los llamados
presos políticos de la República Argentina.
Por
ello, surge esta nueva figura Delito de Lesa Juridicidad y la
misma tendrá como destinatarios exclusivos a: Jueces que durante este régimen
que sufre el país desde el 2003
a la fecha favorecieron por sumisión, venganza
ideológica y/o beneficio económico, al poder del mismo, facilitando con este
accionar las detenciones de los Presos
Políticos.
b) Unas reflexiones
Entonces, …Jueces, serán encuadrados en el artículo 18 de la CN y serán imputados como participes necesarios,
integrantes de una Asociación Ilícita en las causas de Derechos Humanos donde
autorizaron, resolvieron, condenaron y con su proceder contribuyeron a la
muerte de detenidos enfermos. Estos funcionarios son los responsables de haber
permitido que aberraciones jurídicas como las que hoy ocurren en nuestra
Argentina, se lleven a cabo, no poniendo los límites que la Ley estipula dentro
de nuestro Código Penal y Procesal Penal de la Nación.
El Juzgado – los
Jueces – los muertos
Juzgado
Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 – Resistencia, Pcia. del Chaco, a cargo
del Juez: Dr. Skidelsky Carlos.
Responsable en los casos:
Cnl. Jorge
Larrateguy, Crío. Gral. Wenceslao
Ceniquel, Crío. Gral. Carlos Thomas.
5 – SE
RECOMIENDA LA SIGUIENTE BIBLIOGRAFÍA PARA ENTENDER LO SUCEDIDO EN LA DÉCADA DEL 70. (8va entrega):
1. Carnero Sabol Jorge
D. R., Margarita Belén, 1.976. Victimas del terrorismo del estado judicial 2.003,
Rosario, El Autor, 2.010.
1.
De
la Vega Abel U., Espejismos y realidades en torno a la guerra contrarrevolucionaria en
la Argentina, Bs. As.,
Theoría, 1.989.
2.
Díaz
Araujo Enrique, Internacionalismo salvaje. Los derechos humanos, la guerra irregular y
la solidaridad con los terroristas argentinos, Mendoza, La Rosa Blanca, 2.005.
3.
Díaz
Bessone Ramón Genaro, General de División, Guerra Revolucionaria en la Argentina (1.959-1978), 2º ed., Bs. As., Círculo
Militar, 1.988 (3º ed., Bs. As., Círculo Militar, 1996).
4.
Díaz
Bessone Ramón Genaro, General de División, Testimonio de una década, Bs. As.,
Círculo Militar, 1.996.
6 – DÍA DE LOS
MUERTOS POR LA PATRIA
El día 2 de noviembre se conmemora el día de
los Muertos por la Patria, UPPRA rinde, por ello, su homenaje a quienes nos
precedieron en su sacrificio para que ella viva, en especial a todos los
muertos en cautiverio desde 2003, víctimas del odio montonero.
UPPRA
Invitamos a todos los Presos Políticos y a quienes se interesen por
nuestra causa, a que nos hagan llegar sus opiniones, propuestas, comentarios,
etc., que permitan enriquecer el
accionar de UPPRA, comunicándose por
este medio a la siguiente dirección: uppra2011@gmail.com
Asimismo a quienes no han leído el Acta
Constitutiva de UPPRA y Circulares anteriores, lo pueden hacer en:
NUEVO
SITIO DE UPPRA: amigosdeuppra.blogspot.com
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