jueves, 3 de noviembre de 2011

CIRCULAR Nº: 29 – 3/11/11

UNIÓN DE PRESOS POLÍTICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA
                                (La Voz de los Presos Políticos)

Bajo la advocación de nuestro Santo Patrono: San Héctor Valdivielso Saez

1 – PLAN CANJE

            Días pasados una noticia inusual recorrió los medios del mundo: El Estado de Israel canjeó más de mil terroristas palestinos, condenados a cadena perpetua, por 1 (uno) soldado de su Ejército secuestrado cinco años atrás por fuerzas paramilitares de Palestina.

            El hecho de que Israel, un país cuestionado por la ONU y otras organizaciones Internacionales, por violar Derechos Humanos en la guerra que libra por la defensa de su Patria, haya tomado esta decisión debería ser motivo de reflexión. Independientemente de lo que cada uno piensa acerca del conflicto árabe-israelí no quedan dudas que los dirigentes políticos de ese País han interpretado cabalmente el sentir de una sociedad que, reivindica el valor de rescatar a un combatiente asumiendo el riesgo de liberar a cientos de verdaderos criminales ya condenados.

            Mientras tanto aquí los votantes K hoy corren a comprar dólares ante la certeza de que el modelo no aguanta.
            ¿Cuánto faltará para que nos canjeen por Verbitsky y compañía?

2 – PERON Y EL GAFI

            Ámbito Financiero   del 31/10/11 titula: “GAFI ya exige cambios en proyecto contra aportes al terrorismo”. El GAFI es un organismo internacional dedicado a monitorear a los países que lo componen, en lo concerniente al lavado de dinero producto del narcotráfico y plata negra y su eventual uso para financiar a organizaciones terroristas.

            La Argentina hace meses que penosamente no solo no logra salir de la “lista gris” de dicho organismo sino que cada vez se acerca más a la lista negra. ¿La razón?. El Gobierno argentino elude dar una definición legal satisfactoria para el GAFI, acerca de que se considera, precisamente, una organización terrorista.

En 1974 el Presidente Perón convocó a una reunión de legisladores “peronistas” reacios a que se reforme el Código Penal para perseguir al terrorismo. Ante las cámaras de televisión puso en evidencia a Kunkel y cía. (La Garré pegó el faltazo ese día) quienes osaron enfrentar al que luego de echarlos de la Plaza de Mayo, ordenaría “aniquilarlos”, sin eufemismos.

            Como vemos, no hay nada nuevo bajo el sol de nuestra Argentina, porque a la inversa del dicho “todo pasa”, por el contario aquí “todo vuelve….”,  y peor!!

3 – SIGUEN DESCOLGANDO CUADROS…

            El secretario de la Ministra de Industria Débora Giorgi, Diego Machado, expresó en forma contundente lo que piensa este gobierno de sus FFAA.
Ante una discusión con el piloto del avión que transportaba a la Ministra, cerró la misma con una frase memorable: “Milicos de mierda”, (La Nación, 16/10/11- Suplemento Económico-pág. 3)

4 - RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL PARA JUECES, FISCALES Y OTROS POR EL HOMICIDIO DE PRESOS POLÍTICOS POR ACCIÓN U OMISIÓN, PASIBLES DE SER ACUSADOS POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD

            Los siguientes son algunas razones por las cuales deberán responder civil y penalmente los jueces, fiscales y otros funcionarios público e incluso otros particulares, que intervinieron de algún modo en las llamadas causas por violación de los derechos humanos.

1.    Son crímenes de lesa humanidad, según el Estatuto de Roma, el encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales del derecho internacional, (Ej. Detención prolongada sin condena), la persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos,… en conexión con cualquier,…crimen de competencia de la Corte, asimismo aclara que: por persecución se entenderá la privación intencional y grave de derechos fundamentales en contravención con el derecho internacional en razón de la identidad del grupo o colectividad, (Ej. Integrantes de las FFAA; FFSS y FFPP, por pertenencia a ellos)

2.    Los Jueces son funcionarios públicos obligados a administrar justicia, respetando y haciendo respetar la Constitución Nacional y las leyes que reglamentan su ejercicio. Los Fiscales, también son funcionarios públicos y tienen la doble obligación de: a) controlar la legalidad del proceso, b) si corresponde acusar a los supuestos partícipes en el hecho o presunto hecho.

3.    Prevarica el Juez que dicta una resolución contraria a la ley debidamente invocada, o cita para fundarla, hechos o resoluciones falsas, y el que decrete la prisión preventiva o la prolongue, cuando no proceda. También prevarica el Fiscal que de cualquier modo perjudica deliberadamente, al emitir dictamen, la causa que se le confiere.

4.    El artículo 18 de la Constitución Nacional termina diciendo: que toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos (refiere a los detenidos) más allá de lo que aquella (refiere a seguridad) exija, hará responsable al juez que la autorice. Los antes citados como funcionarios públicos, como partícipes necesarios en las causas de los derechos humanos, no solo han resuelto (o dictaminado) autorizando arbitrariamente condiciones y medidas mortificantes, sino que además han permitido que se lleven a tal extremo como para que muchos casos sean las determinantes de la muerte de los ilegalmente detenidos.

5.    Los Jueces y los Fiscales no son los únicos responsables, también lo son: …los representantes de la autoridad del Estado y los particulares como autores o cómplices o que inciden directamente a la perpetración de esos crímenes, así como los representantes del Estado que toleren su perpetración. Así lo establece la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, vigente por ley Nro. 24

a) Delito de Lesa Juridicidad

             Algo nuevo aparece en el firmamento de nuestro Derecho Penal; este título es novedoso y claro, no existe aún, no está tipificado como delito en el Código Penal de la Nación. Tampoco existen las prisiones preventivas por más de tres años o las detenciones de personas con encarcelamiento por la figura de comentarios; o las detenciones en prisión de personas de más de 70 años; o las detenciones en prisión de personas enfermas. Claro estas figuras raras ut supra mencionado, si existen para las detenciones de personal de las FFAA; FFSS, FFPP y ciudadanos; ellos constituyen hoy los llamados presos políticos de la República Argentina.

            Por ello, surge esta nueva figura Delito de Lesa Juridicidad y la misma tendrá como destinatarios exclusivos a: Jueces que durante este régimen que sufre el país desde el 2003 a la fecha favorecieron por sumisión, venganza ideológica y/o beneficio económico, al poder del mismo, facilitando con este accionar las detenciones de los Presos Políticos.

b) Unas reflexiones

Entonces, …Jueces, serán encuadrados en el artículo 18 de la CN  y serán imputados como participes necesarios, integrantes de una Asociación Ilícita en las causas de Derechos Humanos donde autorizaron, resolvieron, condenaron y con su proceder contribuyeron a la muerte de detenidos enfermos. Estos funcionarios son los responsables de haber permitido que aberraciones jurídicas como las que hoy ocurren en nuestra Argentina, se lleven a cabo, no poniendo los límites que la Ley estipula dentro de nuestro Código Penal y Procesal Penal de la Nación.

El Juzgado – los Jueces – los muertos

Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 – Resistencia, Pcia. del Chaco, a cargo del Juez: Dr. Skidelsky Carlos.

Responsable en los casos:
Cnl. Jorge Larrateguy, Crío. Gral. Wenceslao Ceniquel, Crío. Gral. Carlos Thomas.


5 – SE RECOMIENDA LA SIGUIENTE BIBLIOGRAFÍA PARA ENTENDER LO   
SUCEDIDO EN LA DÉCADA DEL 70. (8va entrega):   

1. Carnero Sabol Jorge D. R., Margarita Belén, 1.976. Victimas del        terrorismo del estado judicial 2.003, Rosario, El Autor, 2.010.
1.   De la Vega Abel U., Espejismos y realidades en torno a la guerra contrarrevolucionaria en la Argentina, Bs. As., Theoría, 1.989.
2.   Díaz Araujo Enrique, Internacionalismo salvaje. Los derechos humanos, la guerra irregular y la solidaridad con los terroristas argentinos, Mendoza, La Rosa Blanca, 2.005.
3.   Díaz Bessone Ramón Genaro, General de División, Guerra Revolucionaria en la Argentina (1.959-1978), 2º ed., Bs. As., Círculo Militar, 1.988 (3º ed., Bs. As., Círculo Militar, 1996).
4.   Díaz Bessone Ramón Genaro, General de División, Testimonio de una década, Bs. As., Círculo Militar, 1.996.

6 – DÍA DE LOS MUERTOS POR LA PATRIA

            El día 2 de noviembre se conmemora el día de los Muertos por la Patria, UPPRA rinde, por ello, su homenaje a quienes nos precedieron en su sacrificio para que ella viva, en especial a todos los muertos en cautiverio desde 2003, víctimas del odio montonero.



[1] Delinque un funcionario público proponiendo o dictando resoluciones de manifiesta injusticia, a sabiendas o por ignorancia inexcusable.

1.    Los Jueces y los Fiscales no son los únicos responsables, también lo son: …los representantes de la autoridad del Estado y los particulares como autores o cómplices o que inciden directamente a la perpetración de esos crímenes, así como los representantes del Estado que toleren su perpetración. Así lo establece la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, vigente por ley Nro. 24

a) Delito de Lesa Juridicidad

             Algo nuevo aparece en el firmamento de nuestro Derecho Penal; este título es novedoso y claro, no existe aún, no está tipificado como delito en el Código Penal de la Nación. Tampoco existen las prisiones preventivas por más de tres años o las detenciones de personas con encarcelamiento por la figura de comentarios; o las detenciones en prisión de personas de más de 70 años; o las detenciones en prisión de personas enfermas. Claro estas figuras raras ut supra mencionado, si existen para las detenciones de personal de las FFAA; FFSS, FFPP y ciudadanos; ellos constituyen hoy los llamados presos políticos de la República Argentina.

            Por ello, surge esta nueva figura Delito de Lesa Juridicidad y la misma tendrá como destinatarios exclusivos a: Jueces que durante este régimen que sufre el país desde el 2003 a la fecha favorecieron por sumisión, venganza ideológica y/o beneficio económico, al poder del mismo, facilitando con este accionar las detenciones de los Presos Políticos.

b) Unas reflexiones

Entonces, …Jueces, serán encuadrados en el artículo 18 de la CN  y serán imputados como participes necesarios, integrantes de una Asociación Ilícita en las causas de Derechos Humanos donde autorizaron, resolvieron, condenaron y con su proceder contribuyeron a la muerte de detenidos enfermos. Estos funcionarios son los responsables de haber permitido que aberraciones jurídicas como las que hoy ocurren en nuestra Argentina, se lleven a cabo, no poniendo los límites que la Ley estipula dentro de nuestro Código Penal y Procesal Penal de la Nación.

El Juzgado – los Jueces – los muertos

Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 1 – Resistencia, Pcia. del Chaco, a cargo del Juez: Dr. Skidelsky Carlos.

Responsable en los casos:
Cnl. Jorge Larrateguy, Crío. Gral. Wenceslao Ceniquel, Crío. Gral. Carlos Thomas.


5 – SE RECOMIENDA LA SIGUIENTE BIBLIOGRAFÍA PARA ENTENDER LO          SUCEDIDO EN LA DÉCADA DEL 70. (8va entrega):

1. Carnero Sabol Jorge D. R., Margarita Belén, 1.976. Victimas del        terrorismo del estado judicial 2.003, Rosario, El Autor, 2.010.
1.   De la Vega Abel U., Espejismos y realidades en torno a la guerra contrarrevolucionaria en la Argentina, Bs. As., Theoría, 1.989.
2.   Díaz Araujo Enrique, Internacionalismo salvaje. Los derechos humanos, la guerra irregular y la solidaridad con los terroristas argentinos, Mendoza, La Rosa Blanca, 2.005.
3.   Díaz Bessone Ramón Genaro, General de División, Guerra Revolucionaria en la Argentina (1.959-1978), 2º ed., Bs. As., Círculo Militar, 1.988 (3º ed., Bs. As., Círculo Militar, 1996).
4.   Díaz Bessone Ramón Genaro, General de División, Testimonio de una década, Bs. As., Círculo Militar, 1.996.

6 – DÍA DE LOS MUERTOS POR LA PATRIA

            El día 2 de noviembre se conmemora el día de los Muertos por la Patria, UPPRA rinde, por ello, su homenaje a quienes nos precedieron en su sacrificio para que ella viva, en especial a todos los muertos en cautiverio desde 2003, víctimas del odio montonero.


 UPPRA

Invitamos a todos los Presos Políticos y a quienes se interesen por nuestra causa, a que nos hagan llegar sus opiniones, propuestas, comentarios, etc.,  que permitan enriquecer el accionar de UPPRA, comunicándose por este medio a la siguiente dirección: uppra2011@gmail.com
Asimismo a quienes no han leído el Acta Constitutiva de UPPRA y Circulares anteriores, lo pueden hacer en:

NUEVO SITIO DE UPPRA: amigosdeuppra.blogspot.com




No hay comentarios:

Publicar un comentario